ACIRE Titulares de un aparcamiento con vehículo extranjero
Personas titulares de un aparcamiento dentro de ACIRE con vehículo extranjero
Requisitos para obtener el distintivo
- Personas que dispongan de un aparcamiento en propiedad o en alquiler situado dentro de ACIRE y que dispongan de un vehículo con matrícula extranjera
- - DNI, Pasaporte o NIE - Permiso de circulación del vehículo - Escritura/contrato de alquiler del aparcamiento o recibo del IBI Para una segunda autorización, además de lo que se requiere en la primera solicitud, la persona interesada deberá adjuntar uno de los dos documentos del apartado 3.1 del formulario, debe acreditar una de las dos opciones:
- •Opción A — Acreditar que ha iniciado el trámite de cambio de matriculación, adjuntando la justificación del inicio del trámite (tasa por expedición de licencia, cita en la ITV, ITV pasada, impuesto de circulación, impuesto de matriculación, solicitud de inicio de expediente ante la DGT o matrícula provisional).
- •Opción B — Acreditar la entrada del vehículo a la isla mediante el pasaje.
⚠ Vigencia máxima
Se debe solicitar a través del formulario. La primera autorización tiene una vigencia máxima de 6 meses; para la segunda es obligatorio el cambio de matrícula española o acreditar la entrada del vehículo a la isla mediante el pasaje.Para consultas: [email protected] · 971 22 55 71 · 971 22 55 22
Estacionamiento ORA
NO Podéis estacionar en zona ORA
Validez
6 meses
Autorización a terceros
Familiares o personas dependientes
La persona titular puede solicitar la autorización de acceso a su aparcamiento para familiares, cuidadores/as, etc.
Validez de 6 meses para matrículas extranjeras.
Validez de 2 años para matrículas españolas.
Vehículo de sustitución por avería
Vehículo de sustitución
Comunicar por correo electrónico adjuntando el certificado del taller y el contrato del coche de sustitución.
Baja del distintivo
Comunicación de cese
Comunicar por correo electrónico indicando la matrícula del vehículo.
