RESIDENTES Y PROPIETARIOS
Los vehículos registrados fuera de España no están clasificados según los criterios actuales de la etiqueta ambiental de la DGT.
Por este motivo, los residentes empadronados en un domicilio situado dentro de la ZBE que dispongan de un vehículo con matrícula extranjera deben inscribirse en el Registro para circular por la ZBE mediante el siguiente formulario adjuntando:
- Pasaporte, NIE, Permiso de Conducir del país de origen u un otro documente oficial
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación
Esta inscripción permite obtener una autorización con una vigencia máxima de 6 meses; una vez transcurrido este plazo, para solicitar una segunda autorización será obligatorio realizar el cambio a matrícula española.
Para una segunda autorización, la persona interesada deberá acreditar que ha iniciado el trámite de cambio de matriculación, adjuntando en el formulario la justificación de inicio del trámite (Tasa por expedición de licencia y servicios de inspección técnica de vehículos, cita ITV, ITV pasada, impuesto de circulación, impuesto de matriculación, solicitud de inicio de expediente ante la DGT o matrícula provisional).
No podrá acceder a las ACIRE del Centro si no dispone de la correspondiente autorización.
El permiso es solamente para circular no se podrá estacionar en toda la zona ZBE.
Para más información: [email protected]
Los vehículos registrados fuera de España no están clasificados según los criterios actuales de la etiqueta ambiental de la DGT.
Por este motivo, las personas no empadronadas que dispongan de un inmueble en propiedad o alquiler situado dentro de la ZBE y que dispongan de un vehículo con matrícula extranjera deben inscribirse en el Registro para circular por la ZBE mediante el siguiente formulario adjuntando:
- Pasaporte, NIE, Permiso de Conducir del país de origen u un otro documente oficial
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación
- Escritura o contrato de alquiler del inmueble
Esta inscripción permite obtener una autorización con una vigencia máxima de 6 meses; una vez transcurrido este plazo, para solicitar una segunda autorización será obligatorio realizar el cambio a matrícula española.
Para una segunda autorización, además de lo requerido en la primera solicitud la persona interesada deberá adjuntar uno de los dos documentos del apartado 3.1 del formulario:
- Acreditar que ha iniciado el trámite de cambio de matriculación, adjuntando en el formulario la justificación del inicio del trámite (tasa por expedición de licencia y servicios de inspección técnica de vehículos, cita ITV, ITV pasada, impuesto de circulación, impuesto de matriculación, solicitud de inicio de expediente ante la DGT o matrícula provisional).
- Acreditar su residencia fiscal mediante una traducción jurada de un certificado válido (con menos de un año de antigüedad) expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate.
No podrá acceder a las ACIRE del Centro si no dispone de la correspondiente autorización.
El permiso es solamente para circular no se podrá estacionar en toda la zona ZBE.
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NEGOCIOS
Los vehículos registrados fuera de España no están clasificados según los criterios actuales de la etiqueta ambiental de la DGT.
Por este motivo, las personas que dispongan de un negocio o comercio situado dentro de la ZBE y que dispongan de un vehículo con matrícula extranjera deben inscribirse en el Registro para circular por la ZBE mediante el siguiente formulario adjuntando:
- Pasaporte, NIE, Permiso de Conducir del país de origen u un otro documente oficial
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación
- Certificado IAE del año en vigor
- Escritura de la propiedad o contrato de alquiler del inmueble
Esta inscripción permite obtener una autorización con una vigencia máxima de 6 meses; una vez transcurrido este plazo, para solicitar una segunda autorización será obligatorio realizar el cambio a matrícula española.
Para una segunda autorización, la persona interesada deberá acreditar que ha iniciado el trámite de cambio de matriculación, adjuntando en el formulario la justificación de inicio del trámite (Tasa por expedición de licencia y servicios de inspección técnica de vehículos, cita ITV, ITV pasada, impuesto de circulación, impuesto de matriculación, solicitud de inicio de expediente ante la DGT o matrícula provisional).
No podrá acceder a las ACIRE del Centro si no dispone de la correspondiente autorización.
El permiso es solamente para circular no se podrá estacionar en toda la zona ZBE.
Para más información: [email protected]
APARCAMIENTOS PRIVADOS
Los vehículos registrados fuera de España no están clasificados según los criterios actuales de la etiqueta ambiental de la DGT.
Por este motivo, las personas que dispongan de un parking en propiedad o alquiler situado dentro de la ZBE y que dispongan de un vehículo con matrícula extranjera deben inscribirse en el Registro para circular por la ZBE mediante el siguiente formulario adjuntando:
- Pasaporte, NIE, Permiso de Conducir del país de origen u un otro documente oficial
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación
- Escritura o contrato de alquiler del parking
Esta inscripción permite obtener una autorización con una vigencia máxima de 6 meses; una vez transcurrido este plazo, para solicitar una segunda autorización será obligatorio realizar el cambio a matrícula española.
Para una segunda autorización, además de lo requerido en la primera solicitud la persona interesada deberá adjuntar uno de los dos documentos del apartado 3.1 del formulario:
- Acreditar que ha iniciado el trámite de cambio de matriculación, adjuntando en el formulario la justificación del inicio del trámite (tasa por expedición de licencia y servicios de inspección técnica de vehículos, cita ITV, ITV pasada, impuesto de circulación, impuesto de matriculación, solicitud de inicio de expediente ante la DGT o matrícula provisional).
- Acreditar la entrada del vehículo a la isla mediante pasaje.
No podrá acceder a las ACIRE del Centro si no dispone de la correspondiente autorización.
El permiso es solamente para circular no se podrá estacionar en toda la zona ZBE.
Para más información: [email protected]
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN TEMPORAL DE ACCESO PARA VEHÍCULOS CON MATRÍCULA EXTRANJERA A LA ZBE
Se permitirá el acceso de vehículos con matrícula extranjera a la Zona de Bajas Emisiones siempre que se equiparen con la tipología vehicular y las características ambientales de los vehículos.
Los vehículos que cumplen los requisitos ambientales para circular hasta el 31/12/2026 son:
Turismos y furgonetas de gasolina clasificados como EURO 6, EURO 5, EURO 4 o EURO 3.
Turismos y furgonetas diésel clasificados como EURO 6, EURO 5 o EURO 4.
Vehículos de energías alternativas clasificados como BEV, EREV, PHEV, FCEV, HEV, GNaC, GNL o GLP.
Vehículos de dos ruedas clasificados como BEV, EREV, FCEV, PHEV, HEV, GNC, GNL, GLP, EURO 5, EURO 5+, EURO 4, EURO 3 o EURO 2.
Todos los vehículos extranjeros que quieran acceder a la ZBE de Palma y que cumplan los requisitos deberán inscribirse en el Registro de autorizaciones de vehículos, con una antelación de 5 días naturales a la fecha prevista de acceso.
Tramitación:
La persona titular del vehículo debe solicitar la inscripción en el Registro mediante el formulario que encontrará más abajo, adjuntando la siguiente documentación:
– Pasaporte, NIE, permiso de conducir del país de origen u otro documento oficial.
– La ficha técnica del vehículo.
– Permiso de circulación.
– Acreditación fehaciente de la titularidad del vehículo (en caso de renting o leasing, se debe aportar una copia del contrato a nombre de la persona titular).
– Justificación mediante pasaje de la entrada del vehículo a la isla (Obligatorio).
Una vez solicitada la inscripción, se dispondrá de un permiso de 30 días naturales, a partir de la fecha de acceso solicitada, para poder circular por la ZBE.
El permiso es para circular y estacionar en toda la zona ZBE.
