ACIRE Negocio con vehículo extranjero
Personas que dispongan de un negocio o comercio dentro de zona ACIRE con un vehículo con matrícula extranjera
Requisitos para obtener el distintivo
- •Personas que dispongan de un negocio o comercio dentro de zona ACIRE con un vehículo con matrícula extranjera.
- - Permiso de circulación - DNI/NIE/Pasaporte titular del negocio - Certificado IAE (actualizado) con el domicilio de la actividad - Si el negocio está a nombre de una sociedad o comunidad de bienes: Certificado del registro mercantil o escritura de la empresa donde figuren los datos del administrador - Para segunda autorización acreditar que ha iniciado el trámite de cambio de matriculación, adjuntando en el formulario la justificación de inicio del trámite (Tasa por expedición de licencia y servicios de inspección técnica de vehículos, cita en la ITV, ITV superada, impuesto de circulación, impuesto de matriculación, solicitud de inicio de expediente ante la DGT o matrícula provisional).
- Se debe solicitar a través del siguiente formulario y permite obtener una autorización con una vigencia máxima de 6 meses; una vez transcurrido este plazo, para solicitar una segunda autorización será obligatorio acreditar que se ha iniciado el trámite de cambio a matrícula española.
Para consultas: [email protected] · 971 22 55 71 · 971 22 55 22
Estacionamiento ORA
No se permite estacionar en zona ORAValidez
6 meses
Autorización a trabajadores
Trabajadores del negocio o comercio
Una vez la persona titular del negocio haya sido autorizada, puede solicitar acceso para sus trabajadores para cargas y descargas (máximo 3 solicitudes por negocio).
Validez de 6 meses para matrículas extranjeras.
Validez de 2 años para matrículas españolas.
Vehículo de sustitución por avería
Vehículo de sustitución
Comunicar por correo adjuntando el certificado del taller y el contrato del coche de sustitución.
Baja del distintivo
Comunicación de cese
Comunicar por correo indicando la matrícula del vehículo.
